4 de mayo de 2020
- Personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo delucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidadeconómica o patrimonio separado que aunque carezcan de personalidad jurídica lleven acabo las acciones objeto de la subvención.
- Contar con centro de trabajo en Castilla y León y realizar la actividad subvencionada en Castilla y León.
- Tener trabajadores por cuenta ajena. El número de trabajadores deberá ser inferior a 250.
- Volumen de negocios anual inferior a 50 millones de euros.
CUANTÍA:
La cuantía de la subvención será del 80% respecto del gasto subvencionable, nopudiendo en ningún caso superar los 2.000 euros por beneficiario.
SOLICITUDES:
Las solicitudes de subvención, junto con el resto de anexos que han de acompañar a la misma, se formalizarán conforme a los modelos normalizados para la presentación de solicitudes que se encuentran disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, así como en el portal «Trabajo y Prevención de Riesgos laborales» de la Junta de Castilla y León (https://www.trabajoyprevencion.jcyl.es).
El período de presentación de solicitudes de las subvenciones será el que se disponga en la orden de convocatoria, de acuerdo con los plazos que en la misma se establezcan.
Las solicitudes deberán cursarse exclusivamente de forma electrónica.
Para más información o cualquier consulta, no dudes en contactar con nosotros a través del siguiente correo electrónico: promocioneconomica@aytosalamanca.es
A continuación les adjuntamos el enlace con la información completa de las Bases Reguladoras de esta línea de ayudas: http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/04/30/pdf/BOCYL-D-30042020-3.pdf
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