Línea de apoyo a la hostelería
AYUDAS AL SECTOR DE HOSTELERÍA CON CENTRO DE TRABAJO EN EL MUNICIPIO DE SALAMANCA.
BENEFICIARIOS
Personas físicas y jurídicas, PYMES, profesionales independientes, empresarios individuales, comunidades de bienes, sociedades civiles, ESPJ u otras entidades sin personalidad jurídica, regentes de establecimientos de hostelería para adaptar la prestación de su negocio a las exigencias derivadas de la pandemia del COVID-19 y que tengan centro de trabajo en Salamanca. Los socios o comuneros no podrán solicitar esta subvención a título individual.
CUANTÍA
Importe Máximo de 2.500 euros.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
1. Estufas, cortavientos, toldos, sombrillas, mobiliario de terraza u otros elementos análogos adquiridos para las terrazas o para las autorizaciones de uso de suelo público como mamparas, celosías o jardineras.
2. Sistemas de purificación de aire con filtros, así como costes necesarios para su puesta en funcionamiento.
3. Mobiliario interior y demás gastos derivados para la adecuación de los negocios a lo exigido en materia de seguridad para desarrollo de la actividad ante la actual situación de pandemia.
4. Elementos necesarios para poder prestar los servicios de comida a domicilio (envases, vasos, tazas, cubiertos, desechables, etc.).
5. Mantelería y lencería para renovar la existente, cuya vida útil se ha reducido considerablemente como consecuencia de las vigentes medidas de seguridad, que obligan a su lavado continuo y a altas temperaturas.
REQUISITOS Y CARACTERÍSTICAS
Tienen la consideración de gastos subvencionables los efectuados desde el 1 de junio de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022. En caso de haber sido beneficiario en la anualidad 2021 deberá tener adecuadamente justificado el importe concedido. Será necesaria la presentación de las facturas y justificantes de pago en el momento de la solicitud, NO SIENDO ADMITIDAS FACTURAS POSTERIORES A LA SOLICITUD.
COMPATIBILIDAD
Compatible con otras modalidades de ayudas promovidas por el Ayuntamiento de Salamanca, hasta un máximo de 3.700 euros de ayuda por actividad empresarial, así como las de otras Administraciones para el mismo fin (siempre que no se supere entre todas el 100% del coste soportado por el beneficiario en los conceptos subvencionables). En el caso de hoteles y establecimientos de ocio nocturnos, el límite de compatibilidad asciende a 6.200€.
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